Paro de colectivos: no se podrá descontar el presentismo

En ciudad el paro de UTA no fue efectivo

El Ministerio de Trabajo de Nación publicó una resolución para evitar que las empresas apliquen descuentos salariales por el paro de colectivos

«Establécese que los trabajadores afectados en su movilidad a los fines de la concurrencia a sus puestos de trabajo como consecuencia de las medidas referidas en el considerando, conservarán el derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales», indica el artículo 1° de la resolución.

Asimismo, señaló que los trabajadores comprendidos en esa situación «deberán acreditar dicha condición ante su empleador», y aclaró que «en caso de divergencias interpretativas» deberá «resolverse la cuestión por la vía del diálogo social entre empleadores, o sus representantes, y las organizaciones representativas de trabajadores».

«La presente entrará en vigencia a partir del día 7 de Julio de 2023», precisó el tercer artículo de la resolución de la cartera laboral a cargo de la ministra Raquel «Kelly» Olmos.

En los fundamentos de la resolución, el ministerio señaló que «dicha situación afecta la movilidad diaria de los trabajadores usuarios de los servicios de transporte público de pasajeros», los que «se ven impedidos de trasladarse a sus diversos destinos laborales».

Asimismo, aclaró que entre los «factores preponderantes que tienden a justificar las inasistencias del personal a su lugar de trabajo existe lo que se denomina ‘caso fortuito’ o ‘fuerza mayor'».